Impuesto de circulación

Una cuestión sobre este tema
A mí me van a pasar ahora el impuesto del 2015 del coche qu entrego en PIVE y me comentó el comercial que podría reclamar al ayuntamiento la devolución de la parte proporcional del impuesto (un semestre me imagino) presentando la baja del coche.
Sabéis si es así??
 
Una cuestión sobre este tema
A mí me van a pasar ahora el impuesto del 2015 del coche qu entrego en PIVE y me comentó el comercial que podría reclamar al ayuntamiento la devolución de la parte proporcional del impuesto (un semestre me imagino) presentando la baja del coche.
Sabéis si es así??
Como bien dice Salrei es así como se hace, con la baja del vehículo se reclama la devolución del periodo correspondiente en el ayuntamiento.
Saludos y gracias a todos por vuestras respuestas.
 
He preguntado en SUMA (empresa q recauda los impuestos en mi provincia) y me han confirmado que si el vehiculo que entregamos al concesionario es para darlo de baja, que sí podemos reclamar la parte proporcional del impuesto (por trimestres) pero si el vehiculo que dejamos es para venderlo el concesionario y no darlo de baja, no podemos reclamar nada, debemos pagar el impuesto completo.

Es lo que os puedeo decir
 
He preguntado en SUMA (empresa q recauda los impuestos en mi provincia) y me han confirmado que si el vehiculo que entregamos al concesionario es para darlo de baja, que sí podemos reclamar la parte proporcional del impuesto (por trimestres) pero si el vehiculo que dejamos es para venderlo el concesionario y no darlo de baja, no podemos reclamar nada, debemos pagar el impuesto completo.

Es lo que os puedeo decir
Coincide con la información que yo tengo.
Es realmente así.
 
A mi me dijo el vendedor del concesionario que el impuesto de circulación del nuevo estaba incluido en el concepto de matriculación y entrega (510€).
Respecto a la devolución, he encontrado esto:

Cómo solicitar la devolución del IVTM al Ayuntamiento
En el caso de que hayamos dado de baja definitiva nuestro vehículo tras haber pagado el impuesto de circulación, podremos solicitar la devolución de una parte de la cuota pagada tanto si hemos tramitado una baja definitiva como una temporal.

La cuota del IVTM se prorratea por trimestres naturales en función de los que restan por vencer en caso de nuevas adquisiciones, bajas definitivas y bajas temporales en la Dirección General de Tráfico.

Esto significa que, si por ejemplo, hemos pagado al Ayuntamiento un año completo en febrero y das de baja tu vehículo en abril, podrás pedir la devolución del impuesto que no se ha disfrutado durante el tercer y cuarto trimestre.

Para solicitar la devolución del impuesto deberás:

  • Rellenar el impreso de solicitud de devolución del IVTM, disponible en la sección de recaudación del Ayuntamiento en el que esté registrado tu vehículo
  • Adjuntar a la solicitud el justificante de baja, ya sea temporal o definitiva en la DGT
  • Aportar el Certificado de Destrucción del vehículo, en el caso de que éste haya sido enviado al desguace

http://www.ro-des.com/info/como-dar-de-baja-el-impuesto-de-circulacion/
 
Sobre las bajas temporales hay que puntualizar, Murfizgz, que solo hay derecho a solicitar la devolución de la parte proporcional cuando esa baja temporal sea por robo. No vale la baja temporal voluntaria para, por ejemplo, tener el vehículo dentro de una finca privada.
Cito texto legal:
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Vigente hasta el 15 de Julio de 2015).
Artículo 96 Período impositivo y devengo
Punto 3. El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo. También procederá el prorrateo de la cuota en los mismos términos en los supuestos de baja temporal por sustracción o robo de vehículo, y ello desde el momento en que se produzca dicha baja temporal en el Registro público correspondiente.
 
Pues lo siento, como puedes ver, ha sido un "copy & paste" del enlace que he puesto debajo. Tenía entendido que se podía reclamar la devolución de los trimestres que faltaban para finalizar el año y al ver la info he dado por hecho que el resto también era correcto.
Un saludo
 
Nada hombre. A mi me costó aprenderlo a la fuerza. Dí la baja voluntaria de una Nissan Pickup que tengo de hace mas de 20 años, que funciona como un reloj, pero que me costaba lo suyo entre seguro, impuesto de circulación, e ITVs cada seis meses, para apenas usarla de vez en cuando en carretera (prácticamente siempre en el campo, en caminos de tierra). Me informaron mal y la cursé en marzo, cuando tenía ITV hasta julio, y al solicitar la devolución del impuesto me "tiraron" la ley en la cara, y no me devolvieron ni un duro.
 
A mi me dijo el vendedor del concesionario que el impuesto de circulación del nuevo estaba incluido en el concepto de matriculación y entrega (510€).
En mi caso no es así. A mí me han dicho que va a parte :mad:. ¿A todos os lo incluye? Lo digo por tener más fuerza para reclamarlo
 
En mi caso no es así. A mí me han dicho que va a parte :mad:. ¿A todos os lo incluye? Lo digo por tener más fuerza para reclamarlo

Si te cobran unos gastos de matriculación lo normal es que vaya incluido... sin impuesto no se puede matricular. Que jeta tiene el vendedor :whistling:
 
En mi caso no es así. A mí me han dicho que va a parte :mad:. ¿A todos os lo incluye? Lo digo por tener más fuerza para reclamarlo
Debe venir incluido en el precio, algunos comerciales es que son de lo que no hay:mad:
 
Es como cuando vendes tu coche de segunda mano, el impuesto va a cargo del dueño del coche a 1 de enero
 
Es como cuando vendes tu coche de segunda mano, el impuesto va a cargo del dueño del coche a 1 de enero
En ese caso se puede pagar a medias, no? O según quién haya tenido el coche "x" trimestres, no?
 
¿Entonces soy el único caso al que pretenden cobrarle el impuesto de circulación a parte?

La venta de un coche de segunda mano entiendo que es otro caso ya que el vendedor ya lo tiene pagado normalmente, a no ser que se haga la venta en los primeros meses del año cuando aún no lo han cobrado. Si luego se lo quiere cobrar a parte o no al comprador ya es otra cosa.

Gracias por vuestros consejos
 
¿Entonces soy el único caso al que pretenden cobrarle el impuesto de circulación a parte?

La venta de un coche de segunda mano entiendo que es otro caso ya que el vendedor ya lo tiene pagado normalmente, a no ser que se haga la venta en los primeros meses del año cuando aún no lo han cobrado. Si luego se lo quiere cobrar a parte o no al comprador ya es otra cosa.

Gracias por vuestros consejos

No eres el primero a quien se lo intentan cobrar, no es habitual pero siempre hay vendedores listillos que lo intentan. Hemos tenido casos de gastos de entrega + gastos de matriculación + impuesto de circulación, por mas o menos 1000€ :eek:... un robo lo mires como lo mires
 
A veces te dejan negociar el precio, y que les aprietes un poco, y luego te lo intentan cobrar por cualquier sitio.
 
yo recogí mi vehículo el miércoles y el concesionario me proporcionó el impuesto de circulación pagado por ellos, como bien dice Willo no puedes circular sin el. no obstante lo confirmo mañana por la mañana con la documentación que tengo y que me dieron.

Yo me tengo que hacer cargo del vehiculó que entregue, el Ford.
A mi me ha pasado igual yo he pagado el del peugeot que he entregado y ello han pagado el del cx5. Es lo normal.
 
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