Declaración Renta 2013 y PIVE

Izam, en principio si no lo hace otra circunstancia, no estás obligado por el PIVE.

El PIVE tributa como ganancia patrimonial, esto solamente obliga a presentar declaración si son de importes MAYORES de 1.000 €. El PIVE es justo ese importe, imagino que en su día tuvieron en cuenta la obligación de declarar en IRPF para establecer la cuantía.
 
Muchísimas gracias Anborbos. Efectivamente, en el borrador y tras ponerle los 1000 euros del PIVE, indica que no tiene obligación de presentar la declaración.

Todo un win! :thumbsup:
 
jejejejejeje ese es el tema, ponerlo a nombre de alguien que no tenga obligacion...de declarar y hacerla por separado.
 
jejejejejeje ese es el tema, ponerlo a nombre de alguien que no tenga obligacion...de declarar y hacerla por separado.

Tú hiciste lo mismo ciudadano?

Hombre, en mi caso no fue esa la intención. Fue por otros motivos, pero bienvenido sea, desde luego. :)
 
Lo que acabo de entender es dónde está la ganancia patrimonial. Tú compraste un coche que te costó 10 15 ó 20.000 eur. y cuando lo cambias por uno nuevo, el concesionario te paga por él 2.000 eur., de los cuales 1.000 los pone el estado para que des el coche de baja y los otros 1.000 los pone el concesionario.
Es posible que fiscalmente Hacienda lo considere así, pero de ganancia con la venta de tu coche no tienes ninguna, en todo caso una pérdida. Lo que haces es simplemente vender el coche por un precio inferior al que lo compraste.
Cuando declaras la venta de cualquier otro activo, sean acciones, bonos, inmuebles el que sea y los vendes a un precion inferior al que lo compraste, lo que declaras en Renta es una pérdida patrimonial y no una ganancia.
Ciertamente lo de la Hacienda Pública en éste país es para cortarse las venas....


Obviamente la venta o compra de un coche entre particulares a nivel patrimonial poco hay que rascar ya que todo se liquidaria con el impuesto de transmision de vehiculos.

En el caso del PIVE creo que la clave esta en la factura del concesionario...

La factura tiene como importe total el coste del vehiculo, pero a la hora de pagar les entregas 1000 euros menos... que son los que pone el gobierno por ti. De ahí que viene a ser como que te pagan estos mil euros y tu los pasas al conce... (confirmadme vuestras facturas.. a ver si me equivoco)

Creo que no lo he explicado bien...

Lo pruebo ahora

El coche vale 10.000.- Euros que es lo que pone en la factura, pero tu les extiendes el cheque por 9.000.- Euros...

Y los mil que faltan...?? el PIVE.

Esos mil son los que te imputas en la renta como que te los ha dado el gobierno por la patilla....
 
Si añades los mil euros a tu salario y no llegas al minimo para declarar yo creo no tendras que hacerla.
 
Hablando de hacienda. Me ha llegado un certificado de hacienda , que me indica que presente unos papeles de la declaracion del 2010. Sera posible? Hace ya cinco años...
 
Revisa las fechas, porque creo que las omisiones en el pago de impuestos prescriben a los 4 años. Si es asi , si no recibes una notificación en la que rte requieran a presentar una declaración complementaria, yo no haría nada. Eso si, si te solicitan que hagas cualquier tramite, hazlo; aunque un tema del 2010 seguramente estará prescrito y no tendrás que pagar nada.
 
Revisa las fechas, porque creo que las omisiones en el pago de impuestos prescriben a los 4 años. Si es asi , si no recibes una notificación en la que rte requieran a presentar una declaración complementaria, yo no haría nada. Eso si, si te solicitan que hagas cualquier tramite, hazlo; aunque un tema del 2010 seguramente estará prescrito y no tendrás que pagar nada.
Gracias alanparson
 
Si no recuerdo mal, prescriben a los 5 años!! Miratelo y bien, que pegan unos palazos de multas...!!
 
Revisa las fechas, porque creo que las omisiones en el pago de impuestos prescriben a los 4 años. Si es asi , si no recibes una notificación en la que rte requieran a presentar una declaración complementaria, yo no haría nada. Eso si, si te solicitan que hagas cualquier tramite, hazlo; aunque un tema del 2010 seguramente estará prescrito y no tendrás que pagar nada.
La declaración del 2010 se presentó en el 2011, por lo tanto estamos dentro de los cuatro años que tiene Hacienda para reclamar, y una vez que reclama se para el tiempo.

Creo que es así, seguro que alguien más entendido lo podrá confirmar o desmentir.
 
Hablando de hacienda. Me ha llegado un certificado de hacienda , que me indica que presente unos papeles de la declaracion del 2010. Sera posible? Hace ya cinco años...
Ay, yo tuve que ir tres años seguidos ¡tres! a presentar papeles del precámbrico... Y encima cuando llegaba, me decían "pero usted vino ya el año pasado... ¡no deberían haberle llamado este año!". Hay que joderse. :mad:

Revisa las fechas, porque creo que las omisiones en el pago de impuestos prescriben a los 4 años. Si es asi , si no recibes una notificación en la que rte requieran a presentar una declaración complementaria, yo no haría nada. Eso si, si te solicitan que hagas cualquier tramite, hazlo; aunque un tema del 2010 seguramente estará prescrito y no tendrás que pagar nada.
¡¡¡¡Ojito!!!! :eek:o_O:alien::confused:
Warning Atención предупреждение Achtung!!!

Una de las cosas que aprendí en mis múltiples visitas a Hacienda, es que la multa por no aparecer son 600 euros, aunque no fueses culpable de nada, o aunque ya hubiese prescrito todo en la época de Nerón.

Bueno... eran 600 euros hace un par de años, ahora me juego lo que sea a que es más...

montoro.jpg
 
Última edición:
Buenas, una pregunta... este pasado ejercicio 2014 he vendido un inmueble, y por tanto he perdido dinero respecto a la compra del mismo (la crisis... ya sabeis..)

Tengo derecho a deducir plusvalias futuras de aqui a 4 años, pero.... ¿Es posible reducir el incremento de los 1000 euros del plan PIVE contra la perdidas de la venta del inmueble....??

Saludos
 
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