La ley de garantías esta muy pero ke muy mal hecha, os explico.
Lo ke dice textualmente, es que durante los seis primeros meses, solo tiene que exponerlo y si el vendedor no se pudiera hacer cargo por alguna incompatibilidad o por carecer de medios técnicos o económicos, es el fabricante el responsable del bien adquirido, si durante estos meses, no se ha presentado ningún problema, es responsabilidad del cliente final aportar pruebas e informes de que la inconformidad del bien no ha sido producida por uso o desgaste normal, y ha sido un fallo de fabricación achacable a este. Todas las garantías que se atienden sin dicho informe aportado a partir de los seis meses, son garantias COMERCIALES, y si se niegan y no están adscritos a la junta de arbitrio, ya podéis tomarlo con calma, porque lo podréis ganar pero se pone n un par de añitos el tema. Por mi curro, lo veo muy a menudo, es mas la presión que puedes hacer vía blog, fb, twitwr, etc. Que lo que puedes reclamar como tal en consumo